Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en los motivos de POR DESAMOR, DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES realizada por el ciudadano: ARMANDO OSWALDO MORGADO BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº 14.908.569, contra de la ciudadana: MICHELLY SUSANA PEREIRA BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.482.457. Así se Decide.