Decisiòn.-
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
1. SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZÓN A LA CUANTÍA, para conocer de la demanda por ACCION REIVINDICATORIA, incoada por la Ciudadana ANGGY DE LOS ANGELES GARCIA PERDOMO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.837.000, y de este domicilio, asistida SAUL RAFAEL VILLARREAL URBINA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 219.259 y con domicilio procesal en la Calle Bolívar, Oficina Nº 11, en el Boulevard del Casco Histórico de esta Ciudad, en contra de los Ciudadanos WILMELIS GUDIÑO Y YASELIS JOSEFINA GUDIÑO RIVAS, venezolanos mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-26.604.700 y V-19.077.635, respectivamente. En consecuen.....