DECLARA,
PRIMERO: DECLARA PROCEDENTE LA INHIBICIÓN formulada por la abogada DINORAH MENDOZA, en su condición de Secretaria Temporal del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por haber demostrado la existencia de la causal contenida en el ordinal 20º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de juicio de INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR DAÑO MORAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoado por el abogado HUGO JOSÉ RODRÍGUEZ LOZADA y OTROS contra la ciudadana WUILEYDIS DEL VALLE SALAS ESCALONA.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se procede a designar Secretaria Accidental a la ciudadana YUSMANIA ARZA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.668.491, abogada Asistente de este Tribunal, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturalez.....