En mérito de las consideraciones expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
IMPROCEDENTE La solicitud de aclaratoria formulada por la representación judicial de la parte demandante, respecto del fallo dictado en el presente asunto por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 05 de octubre de 2017, en los términos previstos en esta aclaratoria.