De la revisión efectuada a las actas que integran la presente solicitud de Divorcio por Desamor, Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, presentada por el ciudadano JOSE DANIEL PULIDO BLANCO y la ciudadana ANAILI MEDELEIDI GRUMEITE BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-20.207.493 y V-18.667.648, respectivamente, de este domicilio, con la asistencia de la Abogada en ejercicio YOLMAURY FLORES, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº. 258.777, con el objeto de comprobar el estado en que se encuentra el presente asunto, se constató que la causa Terminó. Concluyendo todas las etapas procesales; produciendo tal situación acumulación de expedientes no movilizados que interfieren y dificulta el manejo del archivo del Tribunal, aunado a la falta de espacio físico en el archivo central de este Juzgado que puede comprometer la seguridad, existencia y cuido de cada expediente, por cuanto el inmueble donde funciona este Despacho Jurisdiccional adolece de.....