Se dictó decisión mediante la cual se ordenó la Reapertura de la Investigación, solictada por la víctima, por lo que en consecuencia se acordó remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público a los fines de que se comisine a otro fiscal u otra fiscal para que realice lo pertinente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 316 y 317 del Código Orgánico Procesal Penal.-