Se dicto decisión en la presente causa acordando la Libertad sin restricción al ciudadano JOSE ALBERTO MARQUEZ, en virtud que no fue acreditado por el Ministerio pùblico elementos de convicción que presumieran la presencia de un hecho punible y no habiendo realizado la misma imputación alguna, ya que ni siquiera se pudo contar con la presencia de la victima a los efectos de suplir la carencia de reconocimiento mèdico legal tal como lo prevè el paragrafo primero del articulo 91 de la ley organica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Asimismo se ordeno la devoluciones de las actuaciones originales a la Fiscalia Segunda del ministerio público a los fines de continuar con la investigación. Quedando las partes debidamente notificadas de la presente decisión.