Por razones de hecho y de derecho que han quedado expuestas, este Juzgado de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", autoriza a la Abg. ÁNGELA GIL VIVAS, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, para que conduzca la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica, relacionada con el asunto N° UP01-P-2006-002558, contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificadas en las Experticias Química N° 9700-123-1495 y Botánica N° 9700-123-1496, ambas del 19/09/06, suscritas por el experto profesional I ALEXANDER ARMANDO TORRES MARTÍNEZ, adscrito al Laboratorio de Criminalística, Delegación Estatal Yaracuy del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 119 de la L.....