este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la sentencia dictada en fecha 04/10/2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, la cual declaró con lugar la defensa de prescripción y sin lugar la demanda, en la causa signada con el Nº FP02-L-2011-000128. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.