este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE MODIFICA la sentencia objeto de consulta, quedando como consecuencia SIN LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE ACRENCIAS LABORALES, interpuesta por la ciudadana AGLA BENICIA RUIZ ASTUDILLO contra el INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO BOLIVAR, ambas partes identificadas en autos, por los motivos establecidos en la parte motiva de la presente decisión.