Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano LUIS ENRIQUE SALAS RENDON, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.554.120, falleció el día 10/12/2.024, Venezuela, Estado Bolívar, Municipio Piar, Parroquia Capital, a consecuencia de SHOCK HIPOVOLEMICO a los ciudadanos MAYRA ELENA SALAS RENDON, ELIANOR DE LOS ANGELES SALAS DE GARCIA, NIRCIA GUADALUPE SALAS DE TOVAR, JOSE ANGEL RENDON Y.....