Este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la Sentencia dictada en fecha 08 de junio de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta ciudad, la cual declaró la prescripción de la acción y sin lugar la demanda en la causa signada con el Nº FP02-L-2009-000272. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.