este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con Sede en Yaritagua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECRETA LA INTERDICCION CIVIL del ciudadano VICENTE MENDOZA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.267.691. SEGUNDO: Por aplicación expresa de los artículos 398 y 400 del Código Civil se designa de derecho y por tiempo indefinido al ciudadano MANUEL VICENTE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.239.918, como TUTOR del ciudadano VICENTE MENDOZA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.267.691, manteniéndose en consecuencia las funciones como tutor interino inicialmente designado en el decreto de interdicción provisional. En este sentido se hace saber al mencionado TUTOR que podrá ejercer todos los actos administrativos y dispositivos s.....