DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: ABSUELVE, a los ciudadanos: JOSÉ ANGEL ROJAS, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 11.726.591; nacido en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 12 de Mayo de 1973 de 32 años de edad, hijo de Angélica Prieto y Fabio Rojas, residenciado en el Barrio Brisas del Orinoco, calle Barinas, Casa N° 16 de esta ciudad, Estado Bolívar, de profesión u oficio chofer; el ciudadano FREDDY ENRIQUE RODRÍGUEZ OJEDA, venezolano, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.638.982, de 21 años de edad, nació en Ciudad Bolívar, el 19-04-1984, hijo Ismenia Ojeda y Roy Rodríguez, residenciado en el Barrio del Sur, Calle Principal s/n, de Ciuda.....