DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación ejercido por el Abg. Williams José Guerrero Gutiérrez, Defensor Privado actuando en representación del ciudadano William Castillo Toro en el proceso judicial que se le sigue por la presunta comisión del delito de Acoso u Hostigamiento; tal impugnación ejercida a fin de refutar el fallo que emitiera el Tribunal 1º en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ext. Terr. Pto. Ordaz, dictado en fecha 20-06-2012, y mediante el que se declara improcedente la solicitud de recusación presentada por el ciudadano hoy recurrente en apelación en contra de la ciudadana Abg. Maximiliana Gil Millán, Juez a cargo del refe.....