Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos AMALIA LOPEZ GOMEZ y RAFAEL OCTAVIO RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V- 7.583.885 y V-7.559.283 respectivamente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos ante la Coordinación del Registro Civil del la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según acta de Matrimonio Nº 59, Folio 91 al Vto. del Año 1977