este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en el sector Cementerio, callejón El Cura en Guama, Jurisdicción del municipio Sucre del Estado Yaracuy, a favor de la ciudadana PETRA INOCENCIA BETANCOURT LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.458.314 y de este domicilio.