declara: CON LUGAR la pretensión de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE Y PERMANENTE, interpuesta por la ciudadana LUISA VIDALINA CASTILLO DONAIRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.556.226, domiciliada en la Calle 3, entre Avenidas 1 y 2, Casa Nº 24-40, de la Urbanización Bicentenario, de la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, representada judicialmente por la Abogada LUCIA BLANCA MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-5.610.642 e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 27.776, contra los ciudadanos DICKSON JUSEPT NOGUERA AULAR Y LUNA DAYANIS NOGUERA AULAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-18.684.585 y V-24.797.838, respectivamente, domiciliados en la Avenida 5, Casa número 11, de la Urbanización San Antonio, de la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.
Como consecuencia del anterior pronunciamiento, este Tribunal dec.....