este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada empresa TRANSPORTES PEDROZA, S.A., contra el auto de fecha 23 de julio del 2018, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que escucho el recurso de apelación en un solo efecto por los motivos expuestos en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: No se condena en costas dadas las características del fallo.