Se dictó sentencia decretándose la EJECUCIÓN FORZADA de la sentencia definitivamente firme dictada el veinticuatro (24) de enero de 2013, en consecuencia: PRIMERO: DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad del demandado solicitada por la representación del Estado Bolívar en la demanda incoada por COBRO DE BOLÍVARES contra el ciudadano BASILIO FLAVIO BENAVIDES FIERRO. SEGUNDO: La Medida Ejecutiva De Embargo de bienes muebles propiedad del demandado se practicará por la cantidad condenada pagar la cual asciende a la suma de treinta y siete mil cuatrocientos bolívares (Bs. 37.450,00), en caso que el embargo recaiga sobre cantidades de dinero, y por el doble de la cantidad, es decir, setenta y cuatro mil novecientos bolívares (Bs. 74.900,00), en caso de embargo de bienes muebles propiedad del demandado. TERCERO: SE ORDENA LIBRAR MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres, Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia.