En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana ROSENNYS TERAN, plenamente identificada, en contra de la empresa Sociedad Mercantil GMI. GRUPO DE MERCADEO INTEGRAL. SEGUNDO: se condena a las demandadas a pagar a la demandante la cantidad: CATORCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO, CON 68/100 (Bs. 14.294,68) BOLIVARES, por DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES, que en definitiva es la cantidad que corresponde a la trabajadora, por los conceptos anteriormente enumerados. Y ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.