En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO:  PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JESUS  GARCÌA plenamente identificado en autos;  en contra de la empresa Sociedad  Mercantil "SOCIEDAD MERCANTIL" CENTINELAS  MONAGAS, C.A  (CENTIMOCA)". SEGUNDO: se condena a las demandadas  a pagar a la  demandante la cantidad: OCHO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 68/100 (BS.  8.218,68) POR  CONCEPTO DE  PRESTACIONES  SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS  DERIVADOS  DE  LA  RELACIÒN  DE  TRABAJO, que  en  definitiva  es la  cantidad  que  corresponde al  trabajador por los  conceptos  anteriormente  enumerados. Y ASI  SE  DECIDE.