En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JESUS GARCÌA plenamente identificado en autos; en contra de la empresa Sociedad Mercantil "SOCIEDAD MERCANTIL" CENTINELAS MONAGAS, C.A (CENTIMOCA)". SEGUNDO: se condena a las demandadas a pagar a la demandante la cantidad: OCHO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 68/100 (BS. 8.218,68) POR CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÒN DE TRABAJO, que en definitiva es la cantidad que corresponde al trabajador por los conceptos anteriormente enumerados. Y ASI SE DECIDE.