DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Robert Mujica, Defensor Privado que actuare en asistencia del ciudadano WILFREDO AGUILAR; y como consecuencia se ANULA la decisión dictada el Abg. Carlos Oronoz como Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz de fecha 08/08/2011, en la causa seguida al ciudadano WILFREDO AGUILAR, en ocasión a la decisión que decreta Prohibición de Salida sin Autorización del País conforme a lo referido en el artículo 256.4 del Código Orgánico Procesal Penal.