DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente DEMANDA DE INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, interpuesta por la ciudadana MARÍA ELENA RODRÍGUEZ MEDINA, contra los ciudadanos JUAN RAMÓN RODRÍGUEZ MEDINA, BILDA PASTORA RODRÍGUEZ MEDINA, CARMEN RODRÍGUEZ MEDINA, LUÍS EDGAR RODRÍGUEZ MEDINA, NOBEL JOSÉ RODRÍGUEZ MEDINA, OMAR EMILIO RODRÍGUEZ MEDINA, REGULO ANTONIO RODRÍGUEZ MEDINA, NELSÓN RAMÓN RODRÍGUEZ MEDINA y LUÍS RAFAEL RODRÍGUEZ MEDINA, todos plenamente identificados en la parte de la narrativa de la sentencia. En consecuencia, se establece legalmente la filiación que existe entre la ciudadana MARÍA ELENA RODRÍGUEZ MEDINA y el de cujus JUAN RAMÓN RODRÍGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.555.600, domiciliado en la calle principal sector dos del Caserío La Virgen, Municipio Bruzual del estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE ORDENA ESTAMPAR la respectiva nota marginal de reconocimiento de paternidad por ante la oficina de Registro Civil correspondiente, una ve.....