ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actuando en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: la Protección integral como familia sustituta en la modalidad de COLOCACION FAMILIAR, del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de dos (2) años de edad, nacido el 25 de mayo de 2010, según se evidencia de la Copia del simple del acta de nacimiento, expedida por la Primera Autoridad Civil del municipio Libertador, Distrito Capital, cursante al folio 13 del presente expediente, bajo la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabilidad de Custodia de la ciudadana CARMEN MARIBEL ALVARADO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.511.471, residenciada en la Av. 13, entre calles 2 y 3, Casa Nº 2-22, Chivacoa, Municipio Bruzual, quien tiene el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar.....