TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vista la incomparecencia de los actores antes identificados a la Audiencia Preliminar. Ahora bien, este Tribunal procede a dar inicio a la Audiencia Preliminar, la ciudadana Juez insta a las partes a la mediación y solicita los medios probatorios que ambas partes ofertan a la audiencia preliminar, por una parte la parte actora presenta dos (02) folios útiles y seis (06) anexos, la parte demandada no presenta escritos de pruebas. De seguidas, la Juez concede el derecho de palabra a cada uno de los comparecien.....