En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección De Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO incoado por el ciudadano ITAMAR ANDRES LOPEZ LUCES contra la sociedad mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., todos ampliamente identificados ut supra; y CONFIRMA la decisión de fecha 27 de Mayo de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, todo ello de conformidad con la disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242, 243 y 267, Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación.....