este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana MARÍA EULOGIA MUJICA de LÓPEZ, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 828.234; suficientes para asegurarle el derecho que les corresponde a las ciudadanas GUILLERMINA PÉREZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, divorciada, y titular de la cédula de identidad N° 3.913.798; AURA ROSA LÓPEZ de ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, casada, y titular de la cédula de identidad N° 4.483.069; ANA ISELA LÓPEZ de GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, casada, y titular de la cédula de identidad N° 4.479.238; CARMÉN ELENA LÓPEZ MU.....