Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva Nº PJ0662018000006, declarandó Extinguida la Acción por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal en el presente Recurso Contencioso Tributario remitido mediante oficio Nº 10-0487 de fecha 26 de mayo de 2010, emanado del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del 2do Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, interpuesto ante ese mismo órgano por el ciudadano Sánchez Bello De Castro Benjamín Alejandro, Vice-Presidente de CALDERYS REFRACTARIOS VENEZOLANOS S.A., contra el acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 1080022023 de fecha 15 /03/ 2010, emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SENIAT.-