Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo (2°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho SIMON ANTONIO BLANCO, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.282, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte Actora, contra Auto dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 07 de Diciembre de 2009, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por los ciudadanos JOSE SANTAMARIA, ELIRDO FERMIN, WILMEN MAVEDA y OTROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad números V- 14.612.744, 8.937.761 y 17.118.505, respectivamente.....