Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana BELKIS CAROLINA OCHOA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.494.831, residenciada en la Urb Valle Verde, segunda calle, casa S/N, Sector Las Tunitas, Municipio Nirgua estado Yaracuy, para que a favor de sus hijos los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES quienes se encuentran asistidos por la abogada ROSALINDA OCANTO ESCORCHE, Inpreabogado Nº 55.140, para que proceda al COBRO DE BENEFICIO dejados por el ciudadano EDGAR JESUS ARTEAGA AGUILAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 15.107.694, quien falleció en 22 de Abril de 2012, por desempeñarse como trabajador de la empresa PROAGRO C.A, ubicada en la Planta Bejuma, estado Carabobo.