Por todo lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, y de conformidad con los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15 y 242 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la empresa "PEDROUZO CONSTRUCCIONES C.A.", debidamente inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz en fecha 03 de agosto del año 2005, anotado bajo el Nro. 46, Tomo 37-A con domicilio en la Carrera Perimetral Upata-Guasipati, Local S/N, Sector la Milagrosa, Upata, Edo. Bolívar; contra la Firma Mercantil CONSTRUCTORA BAHEMO C.A., entidad come.....