Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano JHEISON MIGUEL ANDRADE GARRIDO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-19.076.972, contra la ciudadana ARGELICA YSABEL VIEIRA MOTA de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.804.859, ambos identificados al inicio de este fallo. .
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre ellos el día 21 de febrero de 2014, por ante la primera autoridad del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar, según se evidencia de acta de matrimonio Nº 04, tomo I, Folio 04, del Libro de Regi.....