este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la sentencia dictada en fecha 14/12/2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2012-000015. SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido el los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.