Se dictó sentencia declarándose INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por los ciudadanos JORGE LUIS COLINA CARVAJAL y NACIB VICENTE CALIL QUIÑONES contra el acto contenido en las comunicaciones signadas con las nomenclaturas CDPEB Nº CDPEB-210/2018 y CDPEB-211/2018, ambas de fecha 09 de noviembre de 2018, en la cual el Vocero del Consejo Disciplinario de la Policía del Estado Bolívar, Comisionado Jefe (CPNB) JOSE FRANCISCO ITURRIZA MORENO, los notifica en fecha 06 de diciembre del año 2018, que declara procedente la medida de destitución de sus cargos.