Por todas las consideraciones expuestas el Juzgado del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara PARCIALMENTECONLUGAR la Solicitud de la Obligación de Manutención, interpuesta por la CiudadanaLUZMARY DEL VALLE BASANTA, quien actúa a favor de su niña:MARIELVIS SHARON RENGEL BASANTA asistida en este acto por las profesionales del derecho Dras.NELIDA RAMOS,ANA KARINA RON Y CAROLINA RON, Inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajolos Nros.85.539, 132.185 y 147.787, y de este domicilio,en contra de la persona Ciudadano:ELVIS MIGUEL RENGEL,asistido por la profesional del derecho Dra.LUISANNA UZCATEGUI, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°102.935, de este domicilio, todos identificados en autos; por lo que se fija la Obligación de Manutención mensual y consecutiva por una suma de B.....