Por los fundamentos expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, resuelve: declara CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano ALEJANDRO JESÚS AGUILAR LEON, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.891.530, de este domicilio, actuando en su carácter de solicitante, teniendo bajo sus cuidados a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE nacida el 8 de Junio de 2010, quien se encuentra asistido por la abogada Katherlyn Elena Díaz Mujica, inscrita en el IPSA bajo el N° 258.407, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, quedando en consecuencia, plenamente legitimado para ser acreedor el niño de todos los beneficios socio-económicos que pudiere disfrutar el referido ciudadano, incluyendo aquellos que le corresponden con ocasión .....