DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible la presente acción de amparo, interpuesto por los ciudadanos Yoselin Katherine Martínez Urdaneta y José José Martínez Urdaneta, en su condición de hijos legítimos de José Concepción Martínez Ortega, a quien se le sigue la causa principal signada con el Nº UP01-P-2010-004324, conforme a lo establecido en el artículo 6, cardinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y así se decide. Se deja constancia que se imprimen cuatro (4) ejemplares de la presente decisión, una para la causa; otra para el copiador de decisiones; otra para el copiador personal del Juez ponente y otra para remitir al Tribunal, por cuanto actualmente el Circuito Penal no cuenta con el sistema de fotocopiado. Dada, firm.....