´Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuelay por autoridad de la Leydeclara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos NAYROBETH DOMINIQUE AROCHA MIRANDA yPEDRO JOSÉ BELLIZIA TARRIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.507.571 y V-12.186.507, en fecha 23 de Junio de 2011, por ante el Registro Civil Municipal de la Parroquia Punta de Mata del Municipio Ezequiel Zamora del estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. Nro. 056, del Libro de Matrimonios del año 2011, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del q.....