En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de Privación de PATRIA POTESTAD, incoada por la ciudadana "Datos omitidos", representada por el abogado VICTOR MANUEL SEIJAS GODOY, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 137.425, en su condición de madre de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra del ciudadano "Datos omitidos", asistido por las abogadas ATAHUALPA MONTILVA Y LENYN THAIS GARRIDO, inpreabogados Nros. 139.880 y 119.561 respectivamente, respecto de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", de conformidad con lo establecido en el Artículo 352 literales "a" , "b" "c" e "i" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en c.....