Se dictó sentencia declarándose IMPROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo contenido en el Oficio Nº 010-10, dictado el nueve (09) de febrero de 2010, mediante el cual se certificó la discapacidad parcial permanente para el trabajo habitual del ciudadano Jaime Daniel Carvajal Custodio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.906.839, emanado de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS.