este Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el presente recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana ZULEIKA LEZAMA, Titular De La Cédula De Identidad V.- 19.189.417; asistida por los abogados EMERSON MORILLO Y CESAR LOSSADA, inscritos en el INPREABOGADO bajo el número 84.567 y 143.068, respectivamente, contra la Providencia Administrativa No. 2014-00539, de fecha 29-09-2014 dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz del Estado Bolívar que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido solicitada por la empresa CENTRAL SANTO TOME III C.A. Se ordena oficiar a la Procuraduría General de la República sobra la resultas de la decisión. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzg.....