en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio de los niños ANYIMARTH CHQUINQUIRA y ANYER JOSE GRATEROL DURAN, de 5 y 11 años de edad respectivamente; dictada por el tribunal en fecha 24 de septiembre de 2014, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano ANYER BEYASMIR GRATEROL REVERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.709.779. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano ANYER BEYASMIR GRATEROL REVERON, plenamente identificado quien laboraba en la Comandancia General de la Policía del Estado Yaracuy, en tal sentido se acuerda oficiarle al Jefe de Recursos Humanos de la Comandancia General de la Policía del Estado Yaracuy, a fin de informarle que dicha medida recae sobre: