EN VIRTUD DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHOS Y DE DERECHOS ANTERIORMENTE DESCRITOS. ESTE JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION, interpuesto por la aparte demandante recurrente, a través del abogado WINTON A, GARCIA SEQUERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 100.626, contra la sentencia dictada en fecha 19 de Diciembre de año 2017, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 19 de Diciembre de año dos mil diecisiete (2017) por Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial d.....