NIEGA LA ADMISION, de la demanda de relacionado con el juicio VIOLACION DE DERECHO DE AUTOS, DAÑOS y PERJUICIOS y DAÑOS MORALES, interpuesta por el ciudadano: LUIS FRANCISCO LUCAMBIO FAJARDO, representado por su apoderado judicial abogado BRUNO EMILIO ALVARADO MATOS, contra el ciudadano: CARLOS ANTONIO DIAZ LIBRADOR, por cuanto el actor no cumplió con lo solicitado mediante auto de fecha 12 de enero del año en curso, de conformidad con el Artículo 341, ambos del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del tribunal.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho de éste Juzgado. En San Felipe, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación. Expediente N°. 7819.-
El Juez Temporal,
Abog. Iván Palencia Arias.
La Secretaria Temporal,
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