Previo análisis de las actas procesales contentivas del mismo, los fundamentos de las partes y la sentencia recurrida, funda su decisión en estos términos: "Este Juzgado Superior Tercero (3º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ciudadano JOSE GUILLERMO PEÑA GUZMAN, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 92.966, en su carácter apoderado judicial de la parte beneficiaria de la providencia administrativa impugnada ciudadana YUDELYS DEL VALLE MARCANO CALDERA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.545.685, contra la decisión dictada en fecha 29/10/2015, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunsc.....