Este Juzgado Superior declaró INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO incoada por el ciudadano EGAN CARVAJAL CAMPOS contra la sociedad mercantil TOP GRANITOS C.A. por su presunta negativa a acatar la Providencia Administrativa Nro. 2008-112, dictada en fecha 28 de julio de 2008, por la Inspectoría del Trabajo Ciudad Bolívar, estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos.