Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha trece (13) de Febrero de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por la ciudadana JISSIE MARCOLINA DÍAZ PIÑA contra la Firma Mercantil POLICLINICA YARACUY C.A., ambos plenamente identificados a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se condena a la parte deman.....