resuelve lo siguiente;
1º Desecha la copia de la factura Nº 000062, por la suma de Bs. 51.817,93, de fecha 15 de marzo de 2010, que se acompañó como uno de los documentos fundamentales de la acción por cobro de bolívares vía intimación.
2º Declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente demanda por cobro de bolívares vía intimación y, en consecuencia, declina la competencia por la cuantía en el Juzgado de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.