En mérito de las razones expuestas este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadano TULIO ENRIQUE CAMPOS ESPINOZA, el 05 de agosto de 2008, contra el auto dictado en fecha 08 de agosto de 2008, por la Jueza de Sala de Juicio N° 3, del extinto Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
En consecuencia:
1. Se acuerda oír nuevamente la opinión de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de conformidad con el artículo 80, literal "b"de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que se exprese en relación a quien de sus padres prefiere para que ejerz.....